EL RECIBO POR HONORARIOS


1.       CONCEPTO
Es un documento considerado como comprobante de pago que sirve para sustentar la retribución hecha (bajo la modalidad de honorarios) por la prestación de servicios considerados renta de cuarta categoría. 
2.       RENTA DE CUARTA CATEGORIA
Son aquellas provenientes del ejercicio de una profesional, arte, ciencia u oficio de manera individual e independiente. Asimismo incluye los ingresos obtenidos como directos de empresas, sindico, alcea, y actividades similares. 
3.       OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE UN TRABAJO INDEPENDIENTE
-          Inscribirse en el RUC
-          Solicitar autorización de impresión de recibos por honorarios
-          Entregar RH, en el momento que se percibe la retribución y por el monto pagado
-          Llevar libros de ingresos legalizados por notario o juez de paz del lugar; del domicilio fiscal del contribuyente.
-          Declarar y pagar sus obligaciones tributarias en cuanto sus ingresos superen los límites establecidos por ley.
-          Comunicar cualquier cambio de la información que proporciono al RUC.  
4.       EMISIÓN
El recibo por honorarios debe ser emitido por los profesionales, técnicos, artistas y científicos que presenten  sus servicios en forma independiente e individual.
Es oportuno aclarar que si el profesional, técnico, artista o científico, prestara sus servicios en forma asociativa, ya no generará renta de cuarta categoría, en este caso ya no emitirá recibos por honorarios sino factura o boleta de venta. 
5.       CUANDO  SE EMITE
Los recibos por honorarios se emiten en el momento en el que se perciba la retribución y por el monto de esta. 
6.       MODALIDAD DE SU EMISIÓN
Recibo por honorarios con retención y recibo por honorarios sin retención
Cuando los servicios son prestados por personas que exclusivamente perciban renta de cuarta o renta de cuarta y quinta categoría a personas, empresas o entidades obligadas a llevar contabilidad completa o registro de ingresos y gastos,  estas deben retener el 8% por el impuesto a la renta, siempre que cada recibo por honorarios sea emitido por un mayor a S/ 1500.00
El contribuyente puede decidir por la emisión electrónica de recibos por honorarios mediante el uso de clave SOL, siendo así no se encuentra obligado a llevar libro contable de ingresos y gastos, ya que lo puede llevar de forma virtual. 
7.       USO
Los recibos por honorarios servirán para sustentar costos y/o gastos para efectos tributarios y para sustentar crédito deducible. 
8.       CARACTERÍSTICAS
-          Para los RH no son exigibles las dimensiones mínimas  de 21cm de largo por 14 de ancho
-          Para la expedición de copias se debe emplear papel carbón, carbonado o autocopiativo
-          La numeración de los RH de acuerdo a la imprenta, los tres primeros para la serie y los restantes para la numeración correlativa. 
9.       REQUISITOS 
INFORMACIÓN NECESARIAMENTE IMPRESA 
1.       Datos de identificación del obligado
a.       Apellidos y nombres
b.      Dirección donde está ubicado del punto de emisión incluido la provincia
c.       Numero de RUC
2.       Denominación del comprobante RECIBO POR HONORARIOS
3.       Numeración: series y números correlativa
4.       Datos de la imprenta o empresa grafica que efectuó la impresión:
a.       Apellidos y nombres o razón social, adicionando nombre comercial
b.      Numero de RUC
c.       Fecha de impresión
5.       Numero de autorización de impresión otorgada por la SUNAT, el cual se consignara conjuntamente con los datos de la imprenta
6.       Destino de la copia y el original
a.       El original: USUARIO
b.      En la 1ra copia: EMISOR
c.       En la 2da copia: SUNAT (Para ser archivada por el usuario) 
Información no necesariamente impresa 
1.       Apellidos y nombres o denominación o razón social y numero de RUC del usuario
2.       Numero de RUC del usuario (cuando se necesita sustentar costos o gastos para efectos tributario, o crédito deducible
3.       Descripción del servicio prestado
4.       Monto de los honorarios
5.       Monto discriminado del tributo que grava la operación, indicando la tasa de retención. Correspondiente, ser el caso.
6.       Importe neto recibido por el servicio prestado
7.       Fecha de emisión


No hay comentarios.:

Publicar un comentario